martes, 12 de marzo de 2013

Novedades en el Reglamento de Circulación que afectan a ciclistas



El nuevo Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana (parece que estas dos últimas palabras se añadirán al título del Reglamento), que debería entrar en vigor en unos días, prepara algunas novedades importantes que nos afectarán a los ciclistas. A continuación trataré de resumirlas para que vayamos conociendo lo que, en principio, y salvo cambios de última hora, será la nueva Norma.

  • En las vías con límite de 50 km/h o inferior, las bicicletas podrán circular por la calzada. En vías de velocidad permitida superior a los 50km/h se circulará, como estaba establecido hasta ahora, por el arcén, pudiendo hacerlo en posición paralela, en columna de a dos, orillándose al extremo derecho de la vía.

  • En las poblaciones cuya normativa municipal lo autorice podrá circularse por las aceras, pero sólo en las que tengan una anchura superior a tres metros, cuando la densidad de peatones no suponga causar un riesgo o un entorpecimiento indebido y nunca a una distancia inferior a un metro de la fachada de edificios.

    Los menores de 14 años podrán circular por la aceras, cualquiera que sea su anchura, si la densidad de peatones lo permite y, en caso de ir acompañados de adultos, estos también podrán circular por la acera.

  • Los pasos para peatones que no cuenten con pasos específicos para bicicletas podrán ser utilizados por éstas (hasta ahora había que bajarse de la bici para cruzar) adaptando siempre su velocidad a la del peatón. En estos pasos de peatones las bicicletas tendrán prioridad de paso sobre los vehículos a motor, y los peatones sobre las bicicletas.
  • Los semáforos que no regulen la circulación en intersecciones y que sólo señalicen un paso para peatones, podrán ser rebasados en rojo por los conductores de bicicletas, siempre a velocidad moderada y respetando en todo caso la prioridad de paso de los peatones.
  • En las calles donde esté limitada la velocidad a 30 km/h o inferior, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en contrasentido, mediante el empleo de la señalización que corresponda. Situación ya regulada en otros países europeos como Francia o Bélgica.
  • En las bicicletas se podrán transportar pasajeros, en sillitas adecuadas e incluso en remolques.
  • Los ciclistas deberán llevar encendido el alumbrado del que deban estar dotadas las bicicletas (una luz blanca delante y otra roja detrás), cuando circulen entre la puesta y la salida del sol. En estas circunstancias, cuando circulen por vías interurbanas llevarán, además, colocada una prenda reflectante homologada que permita a los demás conductores y usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros. Para indicar su posición a los vehículos que se aproximan a ellos por detrás, especialmente en vías interurbanas los ciclistas podrán hacer uso de dispositivos de señalización que indiquen el perímetro de 1,5 metros que todo conductor de vehículo debe respetar al adelantarles. Estos dispositivos serán de material flexible y podrán incluir elementos reflectantes y podrá sobresalir lateralmente un máximo de un metro desde el eje longitudinal de la bicicleta.
  • El uso de casco será, previsiblemente, obligatorio también en ciudad.


  • En vías urbanas el límite general sigue en 50 km/h, pero en las travesías se podrá elevar algo. En las calles de sentido único y un solo carril el límite será de 30 km/h y en las de plataforma única (calzada y acera al mismo nivel) el límite será de 20 km/h.
  • Los conductores de motocicletas, ciclomotores y bicicletas podrán adelantarse hasta situarse en la línea de detención, circulando con precaución entre el resto de los vehículos detenidos y si existe zona de detención adelantada aproximarse a ella en las mismas condiciones.
  • En los pasos para ciclistas deberá pintarse la marca de vía ciclista.
  • En las calles de plataforma única el peatón gozará de prioridad de paso en cualquier punto de la calzada, los que conduzcan monopatines o aparatos similares podrán ir por las aceras a la velocidad de los peatones.
  • Los ayuntamientos tendrán que regular el uso de aparatos mecánicos de movilidad personal (por ej. esos carritos eléctricos para personas de movilidad reducida).
  • En los pasos para peatones semaforizados podrán señalizarse con dos líneas discontinuas perpendicular a la calzada, marcando el ancho de vado peatonal, evitando de esta forma el exceso de pintura de los pasos de “cebra”, (parece que se da por imposible encontrar una pintura antideslizante que funcione).
  • Las pruebas de detección de estupefacientes se podrán realizar a todos los conductores (incluidos los ciclistas) y a cualquier persona implicada en un accidente (peatones y viajeros).
  • La reducción de los límites de velocidad en carreteras convencionales sin arcenes, o con anchura reducida, aunque vaya dirigida a los vehículos a motor, también afectará muy positivamente a la seguridad de los ciclistas.

Fuente: diario El Correo y Juan Luis De Miguel

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